Ayudas para el fomento de la inversión en enogastronomía.
27 de enero de 2025

La Consejería de economía, empresas y empleo de Castilla la Mancha ha publicado la orden que regula la concesión de subvenciones para ayudar a la inversión en enogastronomía en nuestra región.

RESUMEN ORDEN 223/2024, de 27 de diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, cuyo objeto es la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la inversión en materia de enogastroturismo.

Objeto y finalidad:

· Concesión de subvenciones destinadas al fomento de la inversión en materia enogastroturismo.

· Finalidad apoyar inversiones e infraestructuras en materia de enogastroturismo, para la mejora y puesta en valor de la gastronomía regional y así favorecer el desarrollo de una oferta turística de calidad, más competitiva y adaptada a la evolución constante y cambiante del mercado turístico, todo ello bajo criterios de sostenibilidad social, económica y ambiental.

Beneficiarios:

· Establecimientos hoteleros, restaurantes, bares y cafeterías para la línea 1 (Implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, con contribución climática 100% (etiqueta 073). Será subvencionable la instalación de puntos de carga eléctricos para los vehículos citados (etiqueta 073) en la modalidad de adquisición directa. La infraestructura de recarga de vehículos eléctricos deberá ser de acceso público).

· Bodegas, almazaras, queserías y productoras de azafrán para las líneas 1 y 2.

Linea 2 (Construcción o adecuación de las instalaciones para salas de degustación y/o construcción o adecuación de infraestructuras destinadas al aparcamiento, que cumpla con el principio de “no causar un perjuicio significativo” (“do no significant harm” o DNSH). A efectos de esta orden se entiende por sala de degustación: Espacio habilitado dentro de un establecimiento, diseñado específicamente para la exposición y consumo controlado de productos gastronómicos, con la finalidad de promover su apreciación enoturística o gastronómica).

Cuantía de las subvenciones:

· La cuantía de la subvención que podrá concederse será de un 40% del gasto que se considere subvencionable, sin perjuicio de los incrementos en la intensidad de la ayuda previstos, con un máximo de 15.000 € por cada línea de ayuda solicitada y por establecimiento y convocatoria.

Plazo: hasta el 13 de marzo de 2025.

Tramitación: por sede electrónica.

+info: 925267996 dgturismo-artesania@jccm.es

Descarga aquí la orden completa.